Gobierno decreta estado de excepción en 7 provincias, Quito y centros penitenciarios del país.

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El estado de excepción permite que Fuerzas Armadas y Policía Nacional realicen patrullajes, operativos de control, allanamientos e intervención en espacios públicos y privados

El estado de excepción establecido a través del Decreto Ejecutivo Nro. 599 tendrá una vigencia de 60 días. La medida busca contener la escalada de violencia y restablecer el orden en varias provincias del país y centros penitenciarios. Además de las 7 provincias, el estado de excepción incluye los cantones de Quito y Camilo Ponce Enríquez. Entérese de dónde se impone toque de queda.

El Presidente de la República, Daniel Noboa, ha emitido el Decreto Ejecutivo Nro. 599 mediante el cual se declara el estado de excepción en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro, Sucumbíos, el Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha, y el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia del Azuay, así como en todos los centros de privación de libertad del país.

La medida responde a la grave conmoción interna que atraviesa Ecuador, agravada por el accionar de grupos criminales que han intensificado sus ataques, atentados y amenazas contra la población civil y las instituciones del Estado.

Según datos oficiales del Ministerio del Interior, solo en el primer trimestre de 2025 se han registrado más de 1.200 homicidios violentos, muchos de ellos vinculados a disputas entre bandas organizadas que buscan controlar rutas del narcotráfico y extorsiones a comerciantes.

Adicionalmente, se han contabilizado múltiples atentados con explosivos en zonas urbanas y rurales, secuestros selectivos y amenazas contra candidatos y actores políticos, en medio de un clima de tensión por las elecciones presidenciales en curso.

El Decreto faculta a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para ejecutar operaciones conjuntas con el fin de recuperar el control territorial, tanto en las zonas afectadas como en los centros penitenciarios.

Entre las disposiciones del estado de excepción se incluyen:

  • La movilización de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional para patrullajes, operativos de control, allanamientos e intervención en espacios públicos y privados según sea necesario.
  • La suspensión de los derechos a la inviolabilidad de domicilio y correspondencia en el marco de las intervenciones autorizadas.
  • La implementación de controles estrictos en los centros penitenciarios para prevenir motines y neutralizar la actividad delictiva que se coordina desde dichos recintos.
  • La coordinación de todas las instituciones del Estado para apoyar las acciones de seguridad y garantizar el suministro de servicios esenciales en las zonas intervenidas.

También se establece toque de queda, desde las 22:00 hasta las 05:00, en los siguientes cantones y parroquias:

Camilo Ponce Enríquez, en Azuay. Durán, Balao y Parroquia Tenguel, en Guayas. Babahoyo, Buena Fe, Quevedo, Pueblo Viejo, Vinces, Valencia, Ventanas, Mocache, Urdaneta, Baba, Palenque, Quinsaloma y Montalvo, en Los Ríos. Joya de Los Sachas, Puerto Francisco de Orellana y Loreto, en Orellana. Shushufindi y Lago Agrio, en Sucumbíos.

El Gobierno hace un llamado a la ciudadanía para colaborar con las autoridades, respetar las disposiciones legales vigentes y mantenerse informada a través de los canales oficiales.

La vigencia del estado de excepción será de 60 días, contados a partir de la suscripción del Decreto Ejecutivo Nro. 599, conforme a las disposiciones constitucionales y legales aplicables.

Decreto Ejecutivo Nro. 599

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