El estado de excepción se aplica con las observaciones de la Corte Constitucional.
Con la suscripción del Decreto Ejecutivo número 469, correspondiente a este lunes 2 de diciembre de 2024, el presidente Daniel Noboa renovó por 30 días más el estado de excepción en seis provincias y dos cantones.
La medida está vigente en Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro, el Distrito Metropolitano de Quito (Pichincha) y el cantón Camilo Ponce Enríquez en Azuay. Se aplica por grave conmoción interna.
El nuevo decreto sigue los parámetros del anterior estado de excepción del pasado 3 de octubre. También sigue las disposiciones del dictamen de la Corte Constitucional (CC) del 14 de noviembre.
La CC declaró inconstitucionales a tres medidas:
- La suspensión del derecho a la libertad de reunión con el fin de «impedir y desarticular reuniones en espacios públicos donde se identifiquen posibles amenazas a la seguridad ciudadana e integral, así como el orden constituido».
- La orden de que se realicen requisiciones de «armas, sus partes o piezas; explosivos, municiones o accesorios de origen ilícito y sin permiso de porte o tenencia».
- La disposición de que se movilicen e intervengan la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas con el fin de combatir a los grupos de crimen organizado.
Según la Corte Constitucional, esas tres medidas deben ser implementadas en el marco del régimen ordinario, por la Policía Nacional y/o Fuerzas Armadas y no requieren de un estado de excepción.
Mientras que seguirán vigentes estas restricciones:
- La suspensión de los derechos a la inviolabilidad de correspondencia y a la inviolabilidad de domicilio (solo para la conducción de allanamientos)
- La suspensión focalizada del derecho a la libertad de tránsito en los 19 cantones y una parroquia
Decreto Ejecutivo No. 469
Deja una respuesta